mié. Abr 24th, 2024

Los problemas entre vecinos se resuelven sin violencia, ese es el lema de la Defensoría del Pueblo de CABA que ofrece un servicio de mediación para resolver los asuntos que plantea la vida en la ciudad. Consiste en que las personas o grupos en conflicto, participen voluntaria y personalmente en una instancia conducida por un tercero neutral capacitado, el mediador, a fin de encontrar en conjunto soluciones que contemplen los intereses de todos y resolver controversias que en el sistema judicial demandarían años de trámites.

Los conflictos que se pueden resolver a través de una mediación son:

– Problemas de convivencia entre vecinos.
– Ruidos molestos y olores desagradables.
– Filtraciones y humedad.
– Molestias por tenencias de mascotas.
– Problemas interculturales, ecológicos y urbanísticos.
– Desavenencias familiares.
– Consorcio (exceptuado temas económicos).
– Discriminación.
– Medianería.
– Ocupación de espacio público.
– Violencia laboral.

A partir de la apertura del caso sólo transcurren tres semanas aproximadamente hasta la fecha de audiencia y el proceso, normalmente, se desarrolla por completo en una, dos o tres reuniones; a diferencia del sistema judicial, donde puede extenderse durante años.

El servicio que brinda el Centro de Mediación, Conciliación y Arbitraje es total y absolutamente gratuito. La confidencialidad es una característica central de la mediación y constituye un compromiso tanto para las partes como para el mediador. Se firma un convenio antes del inicio de las sesiones para garantizar su cumplimiento.

El mediador es un tercero neutral que se mantiene al margen de los intereses propios de las partes, procurando siempre proceder con rectitud en pos de la equidad. A diferencia del juez, el mediador nunca impone la solución ni toma partido, ni adhiere a las posiciones de las partes.

Usualmente en las mediaciones comunitarias las partes concurren sin abogados; se trata de un método que procura la comunicación directa entre los interesados. Sin embargo, quien lo desea tiene la posibilidad de concurrir con un profesional.

Son cuestiones no mediables, aquellos casos en que existe un juicio en trámite (salvo que ambas partes lo soliciten y se comprometan a homologarlo en la Justicia), los casos en los que medie o haya mediado violencia física o se haya cometido algún delito, las causas penales, las cuestiones laborales relativas a indemnizaciones, diferencias salariales, discusión de convenios, las causas de familia relativas a división de sociedad conyugal; tenencia de hijos; alimentos; régimen de visitas, los juicios sucesorios y voluntarios y los reclamos por cobro de expensas.

Se puede acceder al servicio de mediación enviando un Email a: mediacion@defensoria.org.ar o llamando de lunes a viernes de 10 a 18 horas al 0800-999-3722.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *